Análisis

Puntos clave de la nueva reforma pensional

El pasado 14 de junio, y en una carrera contra reloj, fue aprobada en la Cámara de Representantes la reforma pensional presentada por el actual gobierno. Esta aprobación, que respalda el texto previam

Por Mariana Gutiérrez Restrepo26 de julio de 20242 min de lectura
Puntos clave de la nueva reforma pensional

El pasado 14 de junio, y en una carrera contra reloj, fue aprobada en la Cámara de Representantes la reforma pensional presentada por el actual gobierno. Esta aprobación, que respalda el texto previamente avalado por el Senado, marca un paso importante hacia la implementación de una de las principales iniciativas sociales del gobierno. Sin embargo, la votación no estuvo exenta de controversias, evidenciando críticas y profundas divisiones políticas por parte de la oposición.

La reforma pensional, que ahora se convertirá en Ley de la República (si supera el examen de constitucionalidad), unifica los dos regímenes pensionales existentes: el Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM) administrado por Colpensiones (fondo público) y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) administrado por los Fondos Privados. Hasta ahora, estos regímenes tenían reglas distintas para acceder a la pensión, definir su monto y distribuir los valores de los aportes. Con esta nueva reforma dejarán de competir y comenzarán a complementarse, ya que todos los cotizantes que devenguen hasta 2,3 SMMLV deberán cotizar dicho monto en Colpensiones y, si sus ingresos son superiores, el excedente deberá ser aportado al fondo privado de su elección.

Dentro de los aspectos más relevantes de la reforma se encuentran: 

(i) Sistema de pilares: siendo el núcleo de la reforma, cada uno se dirige a un grupo poblacional específico:

  • Contributivo: para trabajadores dependientes, independientes y servidores públicos con capacidad de pago. Cotizarán tanto al fondo público como al privado según sus ingresos.
  • Ahorro voluntario: permite a quienes tienen mayores ingresos hacer aportes adicionales para mejorar su pensión. 
  • Semicontributivo: garantiza una renta vitalicia para hombres de 65 años y mujeres de 60 años que han cotizado entre 300 y menos de 1000 semanas. Este pilar es financiado por los mismos aportantes junto con el Presupuesto General de la Nación, con un límite máximo del 80% del salario mínimo.
  • Solidario: proporciona una renta básica a adultos mayores en condición de pobreza y personas en situación de discapacidad que no hayan efectuado aportes para su pensión, ni cuenten con una fuente de ingresos que garantice sus necesidades mínimas.

(ii) Aumento de cobertura: esta representa la principal apuesta del gobierno y tiene como objetivo aumentar el número de personas que pueden beneficiarse del sistema de pensiones, mediante la implementación del pilar semicontributivo y solidario.

(iii) Régimen de transición: las personas que al 1 de julio de 2025, fecha de entrada en vigor de la nueva ley, cuenten con 750 semanas cotizadas (mujeres) o 900 semanas cotizadas (hombres) en cualquiera de los dos regímenes (privado o público), y sin importar su edad, serán beneficiarios del régimen de transición establecido por la presente reforma. Por lo tanto, les aplicarán las reglas pensionales establecidas en la Ley 100 de 1993, para aplicar a este régimen, se puede revisar si es posible hacer un cálculo actuarial. 

(iv) Disminución de brechas de género: en consonancia con la decisión previa de la Corte Constitucional en la sentencia C-197 de 2023, se implementará la reducción progresiva del número

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